Por otra parte, es también un complemento inseparable de las propuestas presentadas por la Comisión en diciembre de 1993 relativas al cruce de fronteras exteriores en las que se establece la equ
ivalencia entre los documentos de residencia expedidos por los Estados miembros y el reconocimiento recíproco de visados: de no existir esta Directiva, una persona podría penetrar en el territorio de un Estado miembro por una frontera exterior si dispusiese de un visado
o de un permiso de residencia expedidos por otro Estado miembro, pero no po
...[+++]dría hacerlo cruzando una frontera interior.
Indeed, it is an indispensable addition to proposals put forward by the Commission in December 1993 on the crossing of external frontiers, which provided for equivalence between residence permits issued by Member States and the mutual recognition of visas: in the absence of this Directive, an individual could cross an external frontier into a Member State if he possessed a visa or residence permit issued by another Member State but would not be able to cross an internal frontier on that basis.