El titular de una pensión o de una renta debidas en virtud de la legislación de un solo Estado miembro, o de pensiones o de rentas debidas en virtud de las legislaciones de dos o de varios Estados miembros, que tenga derecho a las prestaciones en especie en virtud de la legislación de alguno de esos Estados, así como los miembros de su familia, que se hallen en el territorio de un Estado miembro distinto de aquél en el que tengan su residencia, se beneficiarán de tales prestaciones abonadas por la institución del lugar de estancia con arreglo a la legislación que aplique y con cargo a la institución del lugar de residencia del titular.
A pensioner entitled to draw a pension or pensions under the legislation of one or more Member States who is also entitled to benefits in kind under the legislation of one of those States shall, with members of his family, receive such benefits while staying in the territory of a Member State other than the one in which they reside.