Si, por el contrario, las condiciones de concesión de la ayuda dejasen al beneficiario la posibilidad de elegir libremente la materia prima y el destino del producto ayudado, ya no cabría hablar de un efecto forzoso en los (demás) productos sujetos a las normas de competencia puesto que las repercusiones que tuviera la concesión de la ayuda en las materias primas y en los mercados de destino se deberían únicamente a las decisiones económicas y comerciales de los beneficiarios de la ayuda.
However, if the conditions for granting the aid left the recipient a free choice of raw materials and utilization of the products assisted, there would no longer be an inevitable effect on other products subject to competition rules, since the effects of granting aid for raw materials and markets of destination would result solely from economic and commercial choices by the recipients of the aid.