Por lo tanto, en principio, las entidades administrativas que deben tenerse en cuenta para el régimen aplicable al tráfico fronterizo menor deben contar con una estructura administrativa local situada en la zona de 30 km y no una estructura regional, subestatal, como la de los departamentos, provincias o «województwa», que (por su naturaleza) se extienden más allá de los 50 km y permitirían, pues, en todos los casos, englobar la integralidad de la zona situada en los 50 km a lo largo de la frontera.
Therefore, in principle, the administrative units to be taken into account for the local border traffic regime should have a local administrative structure remaining within the 30-km zone and not a regional, sub-state structure like "départements", "provinces" or "województwa" which (by their nature) go far beyond 50 km and would thus in all cases allow coverage of the full 50-km zone along the whole border.