De acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE, de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la
definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (5), a) la categoría de micro, pequeña y mediana empresa (PYME) está constituida por empresas que emplean a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros (anexo, título 1, artículo 2, 1); b) para excluir de la categoría de pequeña y mediana empresa a una empresa cuyo poder económico supere el de las pequeñas y medianas empresas, procede hacer una distinción entre varios tipos de empres
...[+++]as en función de su carácter autónomo (véase considerando 9); c) por «empresa autónoma» se entiende toda empresa que no esté vinculada a otra empresa (anexo, título 1, artículo 3, apartado 1) y d) por «empresa vinculada» se entiende toda empresa en la que la mayoría de los votos de sus accionistas o de sus miembros esté en manos de otra empresa (anexo, título 1, artículo 3, 3, a).According to the Commission Recommendation 2003/361/EC of 6 May 2003 concerning the de
finition of micro, small and medium-sized enterprises (5): (a) The category of micro, small and medium-sized enterprises (SMEs) is made up of enterprises which employ fewer than 250 persons and which have an annual turnover not exceeding EUR 50 million, and/or an annual balance sheet total not exceeding EUR 43 million (Annex, title 1, article 2(1)); (b) to remove from the category of SMEs groups of enterprises whose economic power may exceed that of genuine SMEs, a distinction should be made between various types of enterprises, depending on whether th
...[+++]ey are autonomous (paragraph 9 of introduction); (c) an ‘autonomous enterprise’ is any enterprise which is not classified as a linked enterprise (Annex, title 1, article 3(1)); and (d) a linked enterprise is one whose majority of the shareholders’ or members’ voting rights is held by another enterprise (Annex, title 1, article 3(3)(a)).