En opinión de la Comisión Europea, España ha malinterpretado la Directiva «Televisión sin fronteras» de la UE al definir el concepto de «anuncio de publicidad» con un criterio demasiado restrictivo, de modo que algunos tipos de publicidad, como los microespacios publicitarios, los anuncios de telepromoción de corta duración o los publirreportajes de corta duración, quedan excluidos del límite de doce minutos por hora.
In the European Commission’s view, Spain has misinterpreted the EU's "Television without Frontiers" Directive by defining “advertising spot” too narrowly. This means that it does not count various forms of advertising like micro-slots, short telepromotions and advertorials within the 12 minute per hour limit.