A más tardar el 31 de diciembre de 2006, el porcentaje de valorización en peso medio por aparato deberá aumentar hasta el 80 % en el caso de los grandes electrodomésticos y las máquinas expendedoras, hasta el 70 % en el caso de los pequeños electrodomésticos, los aparatos de alumbrado, las herramientas eléctricas y electrónicas, los juguetes y equipos deportivos y de tiempo libre, así como en el caso de los instrumentos de mando y control, y hasta el 75 % en el caso de los equipos informáticos y de telecomunicaciones y los aparatos electrónicos de consumo.
By 31 December 2006, the rate of recovery by an average weight per appliance must be at least 80 % in the case of large domestic appliances and automatic dispensers, 70 % in the case of small domestic appliances, lighting equipment, electrical and electronic tools, toys, leisure and sports equipment and monitoring and control instruments, and 75 % in the case of IT and telecommunications equipment and consumer equipment.