Sin embargo, teniendo en cuenta las condiciones técnicas restrictivas aplicables a los niv
eles de potencia de transmisión para la banda terrenal no emparejada de 2 GHz establecidas en el Informe 39 de la CEPT, destinadas a proteger la
s operaciones en la banda terrenal emparejada de 2 GHz y garantizar la coexis
tencia de múltiples redes TDD, así como el limitado ancho de banda global de la banda terrenal no emparejada de 2 GHz, la ad
...[+++]opción de los servicios inalámbricos de banda ancha está obstaculizada bajo las condiciones actualmente aplicables a las licencias.