2. Siempre que se le solicite, la Unión asistirá a los Estados miembros con apoyo jurídico, político y técnico a fin de resolver problemas de coordinación del espectro con países vecinos de la Unión, incluidos los países candidatos y en proceso de adhesión, de modo que los Estados miembros afectados puedan respetar sus obligaciones con arreglo al derecho de la Unión.
2. The Union shall, upon request, assist Member States with legal, political and technical support to resolve spectrum coordination issues with countries neighbouring the Union, including candidate and acceding countries, in such a way that the Member States concerned can observe their obligations under Union law.