126. Recuerda su Resolución ya mencionada, de 14 de febrero de 2006, relativa a la futura política de la UE sobre la cláusula sobre derechos humanos y democracia en los acuerdos de la Unión Europea; observa, como primera reacción, que
la Comisión expuso varias medidas para mejorar la aplicación de la cláusula, como la extensión progresiva de las comisiones de derechos humanos a un mayor número de terceros países; subraya que el Consejo no ha ofrecido, hasta ahora, ninguna respuesta concreta a la resolución mencionada, prefiriendo mantener la aplicación de esta cláusula en el marco más general de la política exterior; se congratula de
...[+++]que los responsables de las delegaciones de la Comisión en terceros países deban, en el ejercicio de sus funciones, hacer hincapié en los derechos humanos de una forma más específica; expresa su preocupación, no obstante, por la reciente propuesta de la Comisión de exceptuar a la India de la norma según la cual todos los acuerdos de la UE deben incluir una cláusula de derechos humanos y democracia, en el contexto de las negociaciones del Tratado de libre comercio UE-India; considera que ello sería un paso atrás y podría constituir un precedente preocupante para futuras negociaciones de acuerdos comerciales; pide, por consiguiente, que la Comisión y el Consejo adopten una posición clara sobre las propuestas detalladas contenidas en la citada Resolución de 14 de febrero de 2006; insiste particularmente en la necesidad de establecer un mecanismo de control, una evaluación periódica del respeto de las obligaciones relativas a los derechos humanos y un sistema gradual de sanciones por incumplimiento, como elementos necesarios para obtener la correcta aplicación de la cláusula sobre derechos humanos y democracia en los acuerdos de la UE con terceros países; 126. Recalls its above-mentioned resolution of 14 February 2006 regarding future EU policy on the applicat
ion of human rights clauses in all EU agreements; notes as a first reaction that the Commission outlined several measures to improve the application of the clause, such as gradually extending human rights committees to more third countries; points out that the Council has not yet given a specific reply to the above-mentioned resolution, preferring continued implementation of the clause in the more gen
eral foreign policy context; welcomes the fact ...[+++] that heads of Commission delegations in third countries are required, as part of their mandate, to emphasise human rights more specifically; is concerned, however, by the recent Commission proposal to exempt India from the rule that all EU agreements must include a human rights and democracy clause, in the context of the negotiations for the EU-India Free Trade Agreement; considers that such a move would be a retrograde step and could set a worrying precedent for future negotiations on trade agreements; requests, therefore, that the Commission and the Council adopt a clear position on the detailed proposals contained in the above-mentioned resolution of 14 February 2006; stresses in particular the need to introduce a monitoring mechanism, regular assessment of compliance with human rights obligations and a progressive system of penalties for non-compliance in order to ensure proper implementation of the human rights and democracy clause contained in agreements concluded by the EU with third countries;