En particular, el apartado 1 del artículo 7 dispone que los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que, con el fin de preservar la seguridad y la salud de los trabajadores, el armador, sin perjuicio de la
responsabilidad del capitán, mantenga a bordo del buque los medios de salvamento y supervivencia apropiados, en buen estado de funcionamiento y en cantidad suficiente, y, sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 89/656/CEE , relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajador
es en el trabajo de equipos de protec ...[+++]ción individual, tome en consideración las especificaciones en materia de equipos de protección individual que figuran en el anexo IV de la Directiva 93/103/CE.
In particular, Article 7(1) foresees that Member States shall take the measures necessary to ensure that, without prejudice to the skipper's responsibility, owners shall keep on board the vessel an adequate quantity of suitable equipment and survival equipment in good working order and, without prejudice to the provisions established by the Council Directive 89/656/EEC on the minimum requirements for the use by workers of personal protective equipment at the workplace, shall take account of the personal protective equipment specifications given in Annex IV to Directive 93/103/EC.